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Nuevas Normas para Cuentas consolidadas y modificación de la normativa
contable.
10-06-2010
En el B.O.E. del 3 de junio se ha publicado la Resolución de la
Subsecretaría de Economía y Hacienda por la que se acuerda la apertura del trámite
de audiencia a los interesados en la elaboración del proyecto de Real Decreto
por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales
Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real
Decreto1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas
y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.
El proyecto de Real Decreto es el resultado del trabajo llevado a cabo por
el Grupo de Trabajo nombrado por el Icac y cuyo objetivo fundamental ha sido el
de conjugar la tradición contable española con la citada normativa
internacional, alumbrando un conjunto de reglas que van a permitir a los grupos
de sociedades elaborar y emitir una información cuyo contenido pueda satisfacer
las necesidades de los usuarios al tomar sus decisiones económicas.
El Grupo de trabajo está compuesto por profesionales y técnicos, todos
ellos expertos de prestigio en el conocimiento de la normativa contable.
La intención del ICAC con esta apertura del trámite de información pública
del proyecto es que los comentarios que se vayan recibiendo en el periodo de
consulta sirvan para mejorar técnicamente un texto que por su naturaleza es
complejo, al objeto de permitir que la información financiera de los grupos
españoles que lo apliquen tenga un equilibrio entre la calidad en el contenido
y el coste de la obtención.
Los diferentes documentos se pueden consultar en los siguientes enlaces:
Publicación en el B.O.E. (3 de junio de 2010)
Anuncio del Icac de apertura del trámite de información pública
Proyecto de Real Decreto por el que se aprueban las Normas para la Formulación
de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad
aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de
Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto
1515/2007, de 16 de noviembre.
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03/05/2010 |
En el B.O.I.C.A.C. número 81 correspondiente al mes de marzo de 2010 se han publicado seis nuevas Consultas sobre asuntos relacionados con el Plan General de Contabilidad. Las Consultas y los enlaces para el acceso a las mismas son las siguientes: - Instrumentos financieros NRV 9ª. Préstamo con tipo de interés subvencionado por un Ente público. ACCESO A LA CONSULTA - Normas de elaboración de las cuentas anuales. Obligaciones contables de un centro escolar perteneciente a una congregación religiosa. ACCESO A LA CONSULTA - Moneda extranjera NRV 11ª. Operaciones por cuenta ajena. ACCESO A LA CONSULTA - Normas de elaboración de las cuentas anuales. Operación de reducción de capital. ACCESO A LA CONSULTA - Instrumentos financieros NRV 9ª. Adquisición de acciones propias a los socios minoritarios, entregando como contraprestación un terreno. ACCESO A LA CONSULTA - Normas de elaboración de las cuentas anuales. Tratamiento contable de las cláusulas de cancelación anticipada de un préstamo. ACCESO A LA CONSULTA
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NOVEDADES LEGISLATIVAS 2010
NOVEDADES
FISCALES 2010: IVA, IRPF, SOCIEDADES
LEY
26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2010.
1.-
Impuesto sobre el valor añadido IVA:
Se
modifica el artículo 90 y 91 de la Ley del IVA, que regulan el tipo
-
el 16% pasa al 18% (Tipo general)
- y
el 7% pasa al 8% (Tipo reducido)
Se
modifica el artículo 130 relativo a la compensación agraria que pasa a ser:
-
El 9% pasa al 10%, en entregas de productos naturales obtenidos en
explotaciones agrícolas o forestales
y en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.
-
El 7,5 % pasa al 8,5%, en entregas de productos naturales obtenidos en
explotaciones ganaderas o pesqueras
y
en los servicios de carácter accesorio de dichas explotaciones.
Los
nuevos tipos tendrán efecto a partir del 1 de julio de 2010.
En
esta ley se establece que la Orden ministerial por la que se desarrollan para el
año 2010 el método de
estimación
objetiva del IRPF. y el régimen especial simplificado del IVA deberá
publicarse en el «Boletín Oficial
del
Estado» en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de esta Ley.
2.-Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas:
Ejercicio 2009:
Se
establece una compensación para evitar la pérdida de beneficios fiscales a
determinados contribuyentes,
como
son los adquirentes de vivienda habitual y los perceptores de determinados
rendimientos irregulares del Capital
mobiliario,
respecto a los establecidos en la Ley anterior.
Se
añade una Disposición adicional vigésima séptima en la Ley del IRPF que
incorpora una nueva reducción del
rendimiento
neto de las actividades económicas por mantenimiento o creación de empleo.
Ejercicio 2010:
Se
aumenta a 15.500 euros el mínimo exento por percepciones de prestación de
desempleo en la modalidad
de
pago único.
Se
mantienen las cuantías de las reducciones por obtención de rendimientos del
trabajo y de determinados
rendimientos
de actividades económicas.
Se
mantienen los importes de los mínimos del contribuyente, por descendientes, por
ascendientes y por discapacidad.
Para
las ganancias patrimoniales derivadas de bienes inmuebles, se incluye la
actualización de los coeficientes correctores del valor de adquisición.
Se
aprueba la misma escala general, estatal y autonómica, del impuesto que en el
ejercicio anterior.
Se
eleva el gravamen de la renta del ahorro, que pasa a ser el 19% para losprimeros
6.000 euros y el 21%
para
lo que exceda de estos 6.000 euros.
Se
modifica la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de
actividades económicas (400 euros)
pasando
a ser únicamente aplicable acontribuyentes cuya base imponible sea inferior a
12.000 euros. Siendo
completa
para bases inferiores a 8.000 euros y progresiva para las bases entre 8.000,01
euros y 12.000 euros.
El
porcentaje de retención pasa a ser el 19% sobre:
El
porcentaje de pagos a cuenta sobre las ganancias patrimoniales derivadasde las
transmisiones o reembolsos
de
acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva también
pasa a ser el 19%.
Se
establecen las actividades y programas prioritarios de mecenazgo.
Determinación
del IPREM y del interés legal del dinero.
Se
modifican el porcentaje aplicable a contribuyentes no residentes sobre rentas
del ahorro pasando a ser el 19%.
En
el régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español se
incorpora un tope de 600.000 euros.
Los
trabajadores desplazados con anterioridad a 1 de enero de 2010 mantendrán el régimen
anterior.
No
se integrarán en la base del IRPF la percepción de ayudas de la política
agraria comunitaria en relación al
abandono
definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y la caña de azúcar.
3.-Impuesto de Sociedades:
Actualización
de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que permite corregir
la depreciación monetaria
en
los supuestos de transmisión.
Se
recoge la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto.
Se
incrementa al 19% el porcentaje de retención por ingresos en concepto de
arrendamientos.
Se
crea un tipo de gravamen reducido para empresas que mantengan o creen empleo y
cumplan los requisitos
establecidos.
No
se integrarán en la base del I. Sociedades la percepción de ayudas de la política
agraria comunitaria en relación
al
abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y la caña de azúcar.
Se
establecen las actividades y programas prioritarios de mecenazgo.
Se
determinan los beneficios fiscales aplicables a aquellos acontecimientos que
merecen la calificación de excepcional
interés
público:
Se
modifica la Ley de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el
Mercado
Inmobiliario con los siguientes cambios:
• El incumplimiento del requisito de permanencia pasa a implicar un
aumento del pago en un 11%.
transmisión de la participación el capital de estas sociedades.
Posts
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1.
Subida del IVA para julio 2010
3.
Nuevos tipos de
IVA 1 de julio de 2010
5.
Renta 2009 ¿Estoy
obligado a declarar?
http://www.gabilos.com/webcontable/noticias/menuprincipal.htm En este enlace podrá encontrar Noticias diarias de interés.
Cinco Dias / Madrid ( 02-07-2007 )
La IFAC (International Federation of Accountants), principal institución mundial que agrupa a las organizaciones de contabilidad y auditoría, ha pedido a los gobiernos nacionales que adopten normas de contabilidad para las pymes elaboradas por el IASB (International Accounting Standard Board). La IFAC considera que carece de sentido desarrollar nueva normativa nacional, teniendo en cuenta los avances realizados en la convergencia contable para empresas medianas y pequeñas por parte del IASB. El presidente del IFAC, Fermín del Valle, ha manifestado el apoyo de esta institución al borrador que el IASB publicó a primeros de año con las normas internacionales de información financiera para pymes (NIIF-Pymes).Del mismo modo solicitó a los representantes del sector de la contabilidad y la auditoría que aporten sus comentarios a este texto, 'que está llamado a convertirse en la norma para las empresas que no cotizan en Bolsa', que en el caso de España es la mayoría.
NOTICIAS JUNIO
http://www.mtas.es/destacados/es/280607aprobaciondefinitivaautonomos.htm
El
Congreso da luz verde al Estatuto del Autónomo
cincodias.com (29/06/2007)
El Congreso de los Diputados dio ayer luz verde definitiva al Estatuto de
Trabajo Autónomo, que regula la actividad de más de tres millones de
trabajadores españoles y mejora los derechos y la protección social de este
colectivo, incorporando un bloque de enmiendas complementarias y técnicas
procedentes del Senado.
Continuar
NOTICIAS MAYO 2007
ORDEN EHA/1433/2007, de 17 de
mayo, por la. que se aprueban los modelos de declaración. del Impuesto sobre
Sociedades y del Impuesto ...
www.boe.es/boe/dias/2007/05/25/pdfs/A22547-22685.pdf
Pagar la comida, la guardería o el seguro médico desde la empresa, un gran negocio fiscal
Llegar a un acuerdo con la empresa para que destine parte del salario del empleado a ayudas de comida, guardería o seguros médicos para el trabajador y sus familiares puede ser un buen negocio fiscal tanto para la compañía como para los empleados.
YOLANDA GOMEZ (abc.es)
La nueva regulación del Impuesto sobre la Renta establece que no se considerarán retribuciones en especie, y por tanto no estarán sometidos al tributo, los gastos por comedores de empresa, los vales comidas y tarjetas o documentos electrónicos similares que se entreguen a los trabajadores. Eso sí, con un máximo exento de nueve euros diarios, cuando el pasado año eran 7,81.
Mal uso de los vales
El nuevo Reglamento del
IRPF, que el Ejecutivo aprobó el pasado mes de marzo, establece, sin embargo,
algunas medidas de control para evitar que se haga un mal uso de estos vales de
comida y se utilicen para fines distintos a los que fueron concebidos. Así, este
texto legal establece que los vales comida serán intransmisibles y que la
cuantía no consumida un día no podrá acumularse en otro. Y la empresa que
entregue los vales llevará el control de los entregados, con el día y el importe
nominal.
Más fácil de controlar tanto para la empresa como para para Hacienda son las
tarjetas, que permiten saber exactamente la cantidad que se gasta el trabajador
cada día en la comida, que será la parte exenta, aseguran fuentes de la Agencia
Tributaria, que ven en este medio de pago el futuro de las ayudas de comida a
empleados, del que se benefician en España más de 400.000 personas.
También se mantienen como rentas exentas, las primas o cuotas que las empresas satisfacen a empresas aseguradoras para la cobertura de enfermedad, con algunos límites. En concreto, que cubra al trabajador, a su cónyuge o hijos, y con un límite de 500 euros por persona. Tampoco las ayudas para el pago de la guardería de los hijos de los empleados se considera renta en especie.
Esto significa que un trabajador que haya llegado a un acuerdo con su empresa y que obtenga ayudas para comida de 180 euros al mes; 200 euros para guardería y 40 por pago de seguro médico, se ahorrará, como mínimo 800 euros del pago del IRPF en el año, y eso para rentas bajas. Pero si tiene rentas altas, que tribute al tipo máximo del 43%, puede ahorrarse más de 2.000 euros en sus pagos a Hacienda.
Los asesores fiscales aconsejan que los trabajadores negocien con sus empresas destinar parte de sus nóminas a estos menesteres, ya que se pueden ahorrar un pico en los pagos a Hacienda, pero es que, además, no sólo se beneficia a los trabajadores, sino que las empresas también pueden reducir tanto la factura fiscal, ya que pagarán menos por el Impuesto sobre Sociedades, como los pagos por cotizaciones a la Seguridad Social, ya que si estas cantidades se restan del salario, tampoco tienen que pagar por ellas. Sin embargo, como hay una base máxima de cotización al sistema, 2.996,1 euros por mes, las empresas no podrán deducirse por los trabajadores que superen esta cuantía bruta en sus nóminas, prácticamente todos los que superen los 30.000 euros anuales.
Por tanto, estas prestaciones (vales comida, ayudas para guarderías, seguros sanitarios...) interesarán más a los trabajadores de rentas altas, ya que se ahorrarán más en el pago de sus impuestos y además no verán mermada su pensión futura, ya que la empresa seguirá pagando lo mismo por ellos a la Seguridad Social. Para las compañías, sin embargo, es más interesante ofrecer estas ventajas a los empleados con rentas inferiores a 30.000, ya que no sólo tendrán deducciones en el Impuesto de Sociedades, sino que también se ahorrarán parte de la Seguridad Social. Los empleados deben tener cuidado, en este sentido, ya que los menores pagos de la empresa a la Seguridad Social se convertirán en menores prestaciones para el futuro.
Los autónomos podrán contratar a sus propios hijos como asalariados
Más de 3,5 millones de trabajadores autónomos verán
regulados sus derechos y obligaciones las próximas semanas. Así se recoge en el
Estatuto del Autónomo, que será aprobado el día 10 de mayo por el Congreso de
los Diputados. El objetivo es que el colectivo goce de una protección jurídica
similar a la del resto de los trabajadores.
El legislador precisa lo que se califica como "autónomo dependiente", allí donde
se genera buena parte del fraude. "Ser trabajador autónomo será más fácil, más
sencillo y más seguro a partir de las próximas semanas, una vez que el
Parlamento apruebe definitivamente el Estatuto del Autónomo". Así de rotundo se
muestra el presidente de la Asociación de Trabajadores Autónomos, Lorenzo Amor.
En los mismos términos se manifiesta el presidente de UPTA, Sebastián Reyna,
quien asegura que esta ley es similar a lo que representó el Estatuto de los
Trabajadores para el colectivo de asalariados.
El estatuto cuenta con el consenso de todos los partidos del arco parlamentario
y las principales organizaciones de autónomos. El Parlamento ratificará el
próximo día 10 el texto, que ha sido consensuado con todos los grupos, que han
introducido más del 60% de las enmiendas que habían presentado. Posteriormente
pasará al Senado, donde CiU, que se ha mostrado especialmente activa en la
promoción de esta norma, aspira a introducir las últimas mejoras. El portavoz de
CiU, Carles Campuzano, considera que el texto del Gobierno ha sido
sustancialmente mejorado, ya que se incluye la posibilidad de que los
trabajadores autónomos puedan contratar a sus hijos menores de 30 años como
asalariados. Aunque no cotizarán ni recibirán el seguro de desempleo, podrán
empezar a cotizar para generar el derecho a recibir su futura pensión.
Según Lorenzo Amor, se estima que habrá cerca de 200.000 autónomos, la mayor
parte de ellos en Cataluña, que darán de alta a sus hijos en el régimen general.
Se trata en su mayoría de pequeños comercios donde los hijos colaboran para
sacar adelante el negocio.
Otra cuestión que tiene una enorme importancia es la regulación de los autónomos
económicamente dependientes. Son trabajadores que no tienen local propio y que
obtienen más del 75% de sus ingresos de una sola empresa.
El Ministerio de Trabajo ha tenido un especial cuidado en que la regulación de
este colectivo - que se estima en cerca de 300.000- no se convierta en una
"coartada" para justificar a los falsos autónomos - los trabajadores contratados
como autónomos cuando en realidad efectúan una actividad similar a la del resto
de los trabajadores en plantilla-.
El estatuto reconoce a los autónomos derechos para conciliar la vida laboral y
familiar. Se les dan las mismas prestaciones en baja por maternidad (o
paternal). También se contempla la posibilidad de capitalizar el seguro de
desempleo para convertirse en autónomo.
(La Vanguardia, 01-05-2007)
NOTICIAS ABRIL 2007
http://www.confesores.com/explorer.asp?agent=0&salto=Noticiasmail&Idd=23891
Las empresas, inquietas por los nuevos cambios fiscales para vales de comida
Medio millón de trabajadores recibe una ayuda de su empresa
para afrontar el gasto del almuerzo a través de vales de comida. Hacienda ha
cambiado ahora su estatus fiscal: eleva a 9 euros diarios el límite exento de
tributación, pero exige que las cantidades diarias no se acumulen.
El nuevo reglamento del IRPF ha cambiado el estatus fiscal de las ayudas que
conceden las empresas a sus trabajadores en forma de vales o tarjetas de comida.
El reglamento, que ha entrado en vigor este mes, eleva de 7,81 euros a 9 euros
diarios el límite de ayuda diaria que está exento de tributación, admite que se
usen medios electrónicos como tarjetas, pero especifica que "la cuantía no
consumida en un día no podrá acumularse a otro día", una practica que se da a
veces en el sector.
"Hemos recibido numerosas consultas de empresas para saber si el nuevo
reglamento les obliga a cambiar el sistema de vales o la forma en que lo
gestionan", señala Mario Soler, abogado especialista de Garrigues Human Capital
Services. A su juico, "el reglamento cambia la literalidad de la normativa
anterior y es más explícito en las limitaciones, pero Tributos, en las consultas
vinculantes de diversas empresas, ya había descartado la posibilidad de que las
cuantías diarias pudieran utilizarse otro día y había avalado el uso de tarjetas
en vez de tickets".
Carmen María Martínez, directora general de Accor Services, la empresa líder en
España con su Ticket Restaurant, señala: "Estamos tranquilos y contentos con el
cambio del reglamento: elevar el límite exento de tributar a Hacienda y el
control es bueno para las empresas y los trabajadores". Martínez recuerda que
"la no acumulación del importe diario ya quedó clara en las consultas a Tributos
y estaba implícita en la finalidad de la ayuda: sustituir a los comedores de
empresa".
Sin embargo, dice, la nueva normativa puede animar a las empresas a cuidar más
el control o a cambiar el sistema de pago, de los populares tickets a las
tarjetas. Actualmente, el talonario de vales es el sistema más extendido. con
400.000 trabajadores al día. El mercado está copado por Accor Services (45% del
mercado), Sodexho Pass (31%) y Cheque Gourmet (24%). En cuanto a tarjetas, los
principales emisores son el BBVA (que comercializa una tarjeta propia y también
la del Gremi de Restauració de Barcelona), y Caixa Catalunya (que con las cajas
rurales comercializa Bon Menú).
Aunque en el nuevo reglamento el medio de pago es neutro, Soler reconoce que "la
tarjeta permite más control por parte de las empresas: se registra el día en que
se hace el gasto y se puede programar de forma que se elimine el saldo de 9
euros si no es consumido en el día". Accor considera que "las empresas que
comercializan tarjetas están aprovechando el reglamento como argumento de
ventas".
En el trasfondo de la polémica está la constatación de que parte de los 380
millones de euros anuales que mueve el sector de vales de comida puede registrar
irregularidades. "Pese a que los vales han de ser nominativos, intransferibles y
no acumulables, se cuentan anécdotas de cenas de amigos pagadas con ellos el fin
de semana; de los tickets que pagan el almuerzo de los hijos en la facultad
mientras su padre tiene comidas de negocios, o incluso de gente que se paga la
gasolina", reconocen fuentes del sector. Para Martínez, sin embargo, "el fraude,
si lo hay, es mínimo: la mayoría de los vales se consumen en restaurantes
cercanos a las oficinas de la empresa y a mediodía".
Soler señala que el nuevo reglamento "animará a las empresas a aumentar el
control", aunque no cree que Hacienda cambie sus criterios en las inspecciones
ni que quiera complicar la vida a las empresas. En todo caso, recuerda, los
cambios han entrado en vigor en abril y no afectan a la situación anterior.
(La Vanguardia, 21-04-2007)
NOTICIAS MARZO 2007
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