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Cambios en criterios contables por errores o nuevas estimaciones.
Ejemplos de Contabilización
- agosto 2009-
1.- Cambios de Criterios.
De acuerdo con la norma de valoración 22ª
del Plan General de Contabilidad (norma de registro y valoración 21ª
en el Plan General Contable para Pymes) "...cuando se produzca un cambio en
algún criterio contable, se aplicará de forma retroactiva y su efecto se
calculará desde el ejercicio más antiguo para el que se disponga de información".
A estos efectos también habremos de comportarnos en el mismo sentido cuando lo
que se producen son cambios por subsanación de errores relativos
a ejercicios anteriores (se entiende por errores las omisiones o inexactitudes
en las cuentas anuales de ejercicios anteriores por no haber utilizado, o no
haberlo hecho adecuadamente, información fiable que estaba disponible cuando se
formularon y que la empresa podría haber obtenido y tenido en cuenta en la
formulación de dichas cuentas.)
El ingreso o gasto correspondiente a ejercicios
anteriores derivado de dicha aplicación dará lugar a un ajuste que se imputará
directamente al patrimonio neto, concretamente en una partida de reservas
salvo que afectara a un gasto o ingreso que se imputó en años anteriores
directamente en otra partida del patrimonio neto.
Además habrá que modificar las cifras afectadas en la información comparativa de los ejercicios a los que afecte el cambio de criterio contable sabiendo que, siempre que se produzcan cambios en algún criterio contable, deberá informarse de ello en la memoria de las cuentas anuales.
Así un ejemplo que ilustre este hecho podría venir
dado por:
EJEMPLO. CAMBIO DE CRITERIO POR ERROR.
La sociedad RCRCR adquiere el día 01.01.2010 un
edificio con el fin de utilizarlo para el desarrollo de su actividad productiva.
El valor del terreno es 50.000 euros y el valor de la construcción 400.000
euros. El método de amortización utilizado es el lineal. La vida útil del
edificio se estima en un principio en 50 años. Se paga por bancos la mitad del
total del importe de la compra en el momento de la adquisición, pagándose el
resto dentro de 6 meses. El día 01.01.2011 la empresa, debido a un error
contable en la estimación de la vida útil del edificio, decide cambiar y
amortizar cada año el 2,5 %
SOLUCIÓN.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, el registro
y valoración contable del ejemplo presentado vendría dado por:
. 01.01.2010, por la adquisición del edificio, el
asiento contable será:
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400.000
Construcciones (211) |
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50.000
Terrenos y bienes naturales (210) |
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72.000 Hacienda Pública,
IVA soportado (472) |
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a |
Proveedores de inmovilizado a corto
plazo (523) 261.000 ((400.000 + 50.000 + 72.000 - 80.000)/2) |
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a |
Bancos, c/c (572) 261.000 |
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--- |
x |
--- |
. 01.07.2010, por el pago de lo adeudado por la
empresa, haremos:
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261.000
Proveedores de inmovilizado a corto plazo (523) |
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a |
Bancos, c/c (572) 261.000 |
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--- |
x |
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. 31.12.2010, por la amortización del ejercicio:
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8.000
Amortización del inmovilizado material (681) |
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(400.000/50
años) |
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a |
Amortización acumulada del
inmovilizado material (281) 8.000 |
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--- |
x |
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A partir del día 01.01.2011, al cambiar el criterio
de amortización, se modifica también la cantidad amortizada, y esta modificación,
según la mencionada norma de valoración, se llevará a cabo con efecto
retroactivo desde el último ejercicio contable del que se disponga de información,
lo que dará lugar a un ajuste en el patrimonio neto (al ser la causa del cambio
de criterio un error contable cometido por la propia empresa) por la diferencia
en la cantidad amortizada como consecuencia del cambio en el criterio de
amortización.
En el año 2010 habíamos amortizado 8.000 euros,
cuando en realidad deberíamos haber amortizado: 2,5 % 400.000 = 10.000 euros;
luego a 01.01.2010 habrá que realizar un ajuste en el patrimonio neto (en una
cuenta de reservas) por valor de 10.000 - 8.000 = 2.000 euros, reflejado en el
siguiente asiento contable:
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2.000
Reservas voluntarias (113) |
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a |
Amortización acumulada del
inmovilizado material (281) 2.000 |
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x |
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2.- Cambios en las Estimaciones realizadas.
Es la misma norma de valoración 22ª (21ª en el
PGCPyme) la que establece que cuando las modificaciones o cambios de criterios
vengan dadas por cambios en las estimaciones contables debidas a la obtención
de información adicional, a una mayor experiencia o al conocimiento de nuevos
hechos, no serán consideradas como cambios en los criterios contables. Este
cambio se imputará como gasto o ingreso del ejercicio actual o en el patrimonio
neto en la partida correspondiente. El efecto que pudiera producirse en
ejercicios futuros se imputaría en el sucesivo transcurso de los mismos. En
este sentido, es la mencionada norma de valoración del Plan General Contable
(Normal y Pyme) la que establece que el cambio de estimaciones contables se
aplicará de forma prospectiva.
EJEMPLO. CAMBIO DE CRITERIO POR CAMBIOS EN LAS ESTIMACIONES REALIZADAS.
En este sentido, suponemos el ejemplo anterior, pero
modificando la redacción en el sentido de:
El día 01.01.2011 el edificio sufre un incendio de
grandes proporciones que afecta a la estructura básica del mismo. Los expertos
estiman que la vida útil del edificio podría haberse reducido hasta en 10 años.
. 01.01.2010 por la adquisición, haremos:
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400.000
Construcciones (211) |
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50.000
Terrenos y bienes naturales (210) |
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72.000
Hacienda Pública, IVA soportado (472) |
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a |
Bancos, c/c (572) 522.000 |
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x |
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. 31.12.2010, por la amortización del ejercicio:
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8.000
Amortización del inmovilizado material (681) |
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(400.000/50) |
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a |
Amortización acumulada del
inmovilizado material (281) 8.000 |
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x |
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A partir del día 01.01.2011, se modifica la estimación
de la vida útil del edificio, y según la norma de valoración 22ª (21ª en
PGCPyme), los cambios en estimaciones contables derivados de la obtención de
información adicional, de una mayor experiencia o del conocimiento de nuevos
hechos no se considerarán como cambio de criterio contable y su efecto deberá
ser imputado como gasto o ingreso del ejercicio, o en su caso, directamente en
el patrimonio neto. Los efectos en ejercicios futuros, en caso de que se
produjeran, se imputarían durante el devenir de los mismos.
Así, para el cálculo de la amortización a partir
de 2011 tendríamos:
A 31.12.2011:
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9.800
Amortización del inmovilizado material (681) |
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a |
Amortización acumulada del
inmovilizado material (281) 9.800 |
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Javier Gómez. Departamento de Contabilidad de
RCR Proyectos de Software. Este comentario es una cortesía de la página web www.supercontable.com y ASESOR
CONTABLE.